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MIES expidió la Tabla de Pensiones Alimenticias Mínimas 2022 para las personas adultas mayores

Quito, 17 de mayo de 2022

El Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES) expidió la Tabla de Pensiones Alimenticias Mínimas de las personas adultas mayores que rige para el 2022, como un derecho de protección económica destinado a quienes carecen de medios y recursos para su subsistencia y/o de aquellas que, por su condición física o mental, no pueden subsistir por sus propios medios.

Este instrumento se enmarca en la política pública que impulsa el Gobierno del Encuentro para garantizar los derechos de las personas adultas mayores, población vulnerable y prioritaria, mediante el Acuerdo Ministerial Nro. 021 con fecha 11 de abril de 2022, que contempla un modelo de protección económica fundamentado en la cobertura de necesidades para la subsistencia, con enfoque socio sanitario, que promueve la responsabilidad de la familia.

El enfoque de la tabla se basa en la responsabilidad compartida por el cuidado y protección de la persona adulta mayor. Los hijos e hijas, hasta nietos, son quienes, en primera instancia, deben dar cobertura a la pensión alimentaria. El derecho se amplía al cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad si el juez considera aplicar una medida de protección.

Mediante la tabla, juezas y jueces de la familia, niñez y adolescencia establecen el monto de la pensión de alimentos mínima que puede solicitar la o el demandante. El cálculo de la pensión se realiza con base al salario básico unificado 2022, establecido por el Ministerio de Trabajo, la inflación anual acumulada y acorde a los indicadores económicos publicados por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos. Por ejemplo, si el alimentante gana USD 830 tendría que pagar a la persona adulta mayor USD 242,86 (29,26% del ingreso) por concepto de pensión alimenticia; adicionalmente, deberá pagar USD 52,61 (12,85% del SBU vigente) si la persona adulta mayor posee discapacidad de grado muy grave; USD 43.10 (10,14% del SBU vigente) si la discapacidad es grave; y USD 35.32 (8,83% del SBU vigente) si es moderada. Revisar tabla, adjunta.

La tabla entró en vigencia a partir de un Acuerdo Ministerial emitido por esta cartera de Estado y está compuesta por 6 niveles, que determina el porcentaje que deberán pagar los alimentantes de acuerdo a sus ingresos y al número de personas adultas mayores.  Este instrumento está a disposición de la ciudadanía ingresando a la página web del MIES en: www.inclusion.gob.ec.

 

DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN