En Loja, el Ministerio de Desarrollo Humano entregó, por primera vez, acreditación de sustituto por solidaridad humana

Por primera vez en Loja, el Ministerio de Desarrollo Humano (MDH) entregó una acreditación y certificación como “Sustituto por Solidaridad Humana” a una persona cuidadora de una persona con discapacidad. Se trata de Piedad, ella tiene bajo su cuidado a Miguel Marcelino, quien tiene una discapacidad del 94%.
María José Espinosa, coordinadora del MDH en la Zona 7, que comprende las provincias de Loja, El Oro y Zamora Chinchipe, explicó que la certificación de sustituto por solidaridad se entrega a aquellas personas que no tienen parentesco alguno con la persona con discapacidad muy grave (severa), mayor de edad, de conformidad con el Reglamento de la Ley Orgánica de Discapacidades.
La autoridad indicó, también que, a la persona a la cual se valida y acredita como sustituto por solidaridad humana, asegurará el cuidado integral de la persona con discapacidad y tendrá como responsabilidad principal, garantizar un correcto cuidado y manutención económica, para cubrir los gastos relacionados a la persona con discapacidad.
Piedad contó que ella y su familia se hicieron cargo del cuidado de Miguel Marcelino desde que él era joven. Al conocer que había perdido a sus padres y que, por su discapacidad no podría sobrevivir solo, decidieron acogerlo en su hogar. Dijo que, en un inicio, resultó un tanto difícil, ya que estaba acostumbrado a deambular solo y alimentarse con los frutos de las huertas en donde pernoctaba o en los contenedores de basura, pero que con cariño y mucha paciencia le enseñaron hábitos de la vida diaria.
Recordó que adaptó un espacio de su vivienda para brindarle a Miguel una mejor calidad de vida. Mientras ella trabaja, pide apoyo a sus hijos y conocidos para que cuiden de él, no obstante, con la certificación recibida podrá dedicar más tiempo para estar junto a Miguel Marcelino.
El certificado tiene una vigencia de dos años calendario, desde su fecha de emisión y podrá ser renovado siempre y cuando, tanto la persona con discapacidad, como su cuidador o cuidadora cumplan con los criterios de validación y entrega de requisitos que estipula la norma técnica; mientras que el Ministerio del Trabajo es el encargado de garantizar la estabilidad laboral de los sustitutos directos o por solidaridad humana de las personas con discapacidad, como un beneficio por realizar la labor de cuidado y manutención de la persona con discapacidad.
Comunicación Social – Coordinación Zona 7